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Ley No. 120-99 que prohíbe a toda persona física o moral tirar desperdicios sólidos y de cualesquiera [sic] naturaleza en calles, aceras, parques, carreteras, contenes, caminos, balnearios, mares, ríos, etc.
Autor | República Dominicana [Leyes, etc.] | |
Fecha de admisión | 2021-11-16T02:14:37Z | |
Fecha disponible | 2021-11-16T02:14:37Z | |
Año | 1999 | |
Citación | República Dominicana [Leyes, etc.] (1999). Ley No. 120-99 que prohíbe a toda persona física o moral tirar desperdicios solidos y de cualesquiera naturaleza en calles, aceras, parques, carreteras, contenes, caminos, balnearios, mares, ríos, etc. Gaceta Oficial 10033 de fecha 30 de diciembre de 1999. Recuperado de: http://www.consultoria.gov.do/ | es |
URI | https://bvearmb.do/handle/123456789/197 | |
Sinopsis | Prohíbe en la República Dominicana, a toda persona física o moral, tirar desperdicios sólidos y de cualquier naturaleza en calles, aceras, contenes, parques, carreteras, caminos, balnearios, mares, ríos, cañadas, arroyos y canales de riego, playas, plazas y otros sitios de esparcimiento y demás lugares públicos. | es |
Idioma | Spanish | es |
Publicado | Santo Domingo: Gaceta Oficial 10033 de fecha 30 de diciembre de 1999 | es |
Derechos | Documento nacional de dominio público. | es |
Materia | Gestión ambiental - Legislación y Derecho | es |
Título | Ley No. 120-99 que prohíbe a toda persona física o moral tirar desperdicios sólidos y de cualesquiera [sic] naturaleza en calles, aceras, parques, carreteras, contenes, caminos, balnearios, mares, ríos, etc. | es |
Tipo de material | Text | es |
Tipo de contenido | Legal | es |
Acceso | Open | es |
Audiencia | General | es |
Ficheros en el ítem
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Colección general [1611]
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Gestión ambiental [2444]