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Decreto No. 286-87 que declara como zona de refugio de las aves marinas, especialmente del Bubí o Chaleco, los Cayos Siete Hermanos, ubicados en la Bahía de Manzanillo y los bancos aledaños integrados al Parque Nacional Montecristi
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Tipo de acceso
AbiertoTipo de Material
TextoTipo de Contenido
Política - Resolución - DecretoMateria
Gestión ambiental - Políticas y normasGestión ambiental - Legislación y Derecho
Áreas protegidas - República Dominicana
Parques nacionales
Aves ─ República Dominicana
Idioma
EspañolColección
- Colección general [1571]
- Gestión ambiental [2420]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemSinopsis: | Se declara como zona de refugio de las aves marinas, especialmente del Bubí o Chaleco, los Cayos Siete Hermanos, ubicados en la Bahía de Manzanillo y los bancos aledaños integrados al Parque Nacional Montecristi, considerando que la referida zona constituye uno de los centros principales de reproducción y subsistencia de la referida especie que tiene escasos lugares en el mundo en donde cumplir su ciclo reproductivo. |
Autor(es): | República Dominicana [Leyes, etc.]
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Año: | 1987 |
Publicado: | Santo Domingo: Gaceta Oficial 9712 de fecha 3 de junio de 1987 |
Citación: | República Dominicana [Leyes, etc.] (1987). Decreto No. 286-87 que declara como zona de refugio de las aves marinas, especialmente del Bubí o Chaleco, los Cayos Siete Hermanos, ubicados en la Bahía de Manzanillo y los bancos aledaños integrados al Parque Nacional Montecristi. Gaceta Oficial 9712 de fecha 3 de junio de 1987. Recuperado de: http://www.consultoria.gov.do/ |
URI: | https://bvearmb.do/handle/123456789/1815
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