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AutorRepública Dominicana [Leyes, etc.]
Fecha de admisión2022-07-30T19:18:29Z
Fecha disponible2022-07-30T19:18:29Z
Año2006
CitaciónDecreto No. 222-06 que dispone que los fondos recaudados por concepto de visitación y uso de las áreas protegidas sean transferidos a la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que sean utilizados en el mejoramiento de la gestión y administración de las diferentes unidades del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Gaceta Oficial No. 10368, 2 de junio de 2006. Recuperado de: http://www.consultoria.gov.do/es
URIhttps://bvearmb.do/handle/123456789/1356
SinopsisSe dispone que los fondos recaudados por concepto de visitación y uso de las áreas protegidas sean transferidos a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales (República Dominicana), a los fines de que los mismos sean utilizados en el mejoramiento de la gestión y administración de las diferentes unidades que conforman el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, para dar cumplimiento a1 Artículo 29 de la Ley Sectorial de Áreas Protegidas No. 202-04, del 30 de julio de 2004.es
IdiomaSpanishes
PublicadoSanto Domingo: Gaceta Oficial 10368, 2 de junio de 2006es
DerechosDocumento oficial nacional de dominio público.es
MateriaGestión ambiental - Políticas y normases
MateriaÁreas protegidas - República Dominicanaes
TítuloDecreto No. 222-06 que dispone que los fondos recaudados por concepto de visitación y uso de las áreas protegidas sean transferidos a la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que sean utilizados en el mejoramiento de la gestión y administración de las diferentes unidades del Sistema Nacional de Áreas Protegidases
Tipo de materialTextes
Tipo de contenidoPolicy - Resolution - Decreees
AccesoOpenes
AudienciaGenerales
AudienciaTechnicians, professionals and scientistses


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Documento oficial nacional de dominio público.
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