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Mostrando ítems 1-7 de 7
Decreto No. 493-99 que establece como límites del Parque Nacional Isla Catalina, la franja marina que rodea dicha isla
(1999)
Se establece como límites del Parque Nacional Isla Catalina, la franja marina que rodea dicha isla, la cual se extenderá desde la línea de costa hasta 500 metros mar adentro. Queda derogado el Numeral III del Artículo 1, ...
Decreto No. 494-99 que establece los límites del Parque Nacional Loma Isabel de Torres
(1999)
Se establecen los límites del Parque Nacional Loma Isabel de Torres. Quedan derogados el Numeral XV del Artículo 1 del Decreto 319-97 de fecha 22 de julio de 1997 y el Literal c) del Artículo 2 del Decreto 1315 del 11 de ...
Decreto No. 498-99 que establece los límites del Parque Nacional Monte Cristi y su zona de amortiguamiento
(1999)
Se establecen los nuevos límites del Parque Nacional Monte Cristi y su zona de amortiguamiento. Quedan derogados los Artículos 4 y 8 del Decreto No. 319-97, de fecha 22 de julio de 1997. Quedan derogados el Literal b) del ...
Decreto No. 14-99 que establece los límites del Parque Nacional Laguna Redonda y Limón, y de su zona de amortiguamiento, y crea además, la Junta Rectora del Parque Nacional Lagunas Redonda y Limón
(1999)
Se establecen los límites del Parque Nacional Lagunas Redonda y Limón y su zona de amortiguamiento y crea, además, la Junta Rectora del Parque.
Decreto No. 200-99 que establece los límites del Parque Nacional Laguna Bávaro
(1999)
Se establecen los límites del Parque Nacional Laguna Bávaro.
Decreto No. 495-99 que establece los límites del Parque Nacional Sierra de Bahoruco y su área de amortiguamiento
(1999)
Se establecen los límites del Parque Nacional Sierra de Bahoruco. Se establece como área de amortiguamiento un perímetro de 300 metros alrededor de estos límites. Quedan derogados el Artículo 4 del Decreto 319-97 de fecha ...
Ley No. 120-99 que prohíbe a toda persona física o moral tirar desperdicios sólidos y de cualesquiera [sic] naturaleza en calles, aceras, parques, carreteras, contenes, caminos, balnearios, mares, ríos, etc.
(1999)
Prohíbe en la República Dominicana, a toda persona física o moral, tirar desperdicios
sólidos y de cualquier naturaleza en calles, aceras, contenes, parques, carreteras, caminos, balnearios, mares, ríos, cañadas, arroyos ...