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Decreto No. 204-16 que extiende el plazo de vigencia a 5 años para la ejecución de las actividades previstas en el Plan Maestro, constituido para el Proyecto de Manejo de las Cuencas Altas de la Presa de Sabana Yegua. Modifica el párrafo del Art. 3 y el Art. 4, del Decreto No. 663-02, del 22 de agosto de 2002, que creó e integró el Comité Ejecutivo de dicho proyecto
Autor | República Dominicana [Leyes, etc.] | |
Fecha de admisión | 2022-07-30T19:20:50Z | |
Fecha disponible | 2022-07-30T19:20:50Z | |
Año | 2016 | |
Citación | Decreto No. 204-16 que extiende el plazo de vigencia a 5 años para la ejecución de las actividades previstas en el Plan Maestro, constituido para el Proyecto de Manejo de las Cuencas Altas de la Presa de Sabana Yegua. Modifica el párrafo del Art. 3 y el Art. 4, del Decreto No. 663-02, del 22 de agosto de 2002, que creó e integró el Comité Ejecutivo de dicho proyecto. Gaceta Oficial No. 10856, 18 de agosto de 2016. Recuperado de: http://www.consultoria.gov.do/ | es |
URI | https://bvearmb.do/handle/123456789/1359 | |
Sinopsis | Artículo 1. Queda extendido el plazo de vigencia a cinco (5) años, para ejecutar las actividades previstas en el Plan Maestro, bajo los mismos términos establecidos en el Decreto No.663-02. Artículo 2. Se modifica el Artículo 4, del Decreto No.663-02, del 22 de agosto de 2002, para que se lea de la manera siguiente: “4. Se crea el Comité Ejecutivo del Proyecto, el cual estará compuesto por: la Presidencia de la Fundación Sur Futuro; un representante del Equipo Técnico de Sur Futuro; el Director Provincial de San Juan de la Maguana; el Director Regional Sur-Oeste, con asiento en San Juan de la Maguana del Ministerio de Agricultura; y el Director Provincial en San Juan de la Maguana del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales; el Presidente de la Junta de Regantes de Padre Las Casas; el Presidente del Núcleo de Caficultores de Padre Las Casas y Guayabal; un representante de los ayuntamientos de los municipios de Guayabal, Padre Las Casas y Bohechío; el Presidente del Consejo de las Cuencas Altas de la Presa de Sabana Yegua; el Director del Distrito Educativo 03-02; el Director del Banco Agrícola de Padre Las Casas y el Encargado de la Oficina del INDRHI, en Padre Las Casas”. | es |
Idioma | Spanish | es |
Publicado | Santo Domingo: Gaceta Oficial No. 10856, 31 de agosto de 2016 | es |
Derechos | Documento oficial nacional de dominio público. | es |
Materia | Gestión ambiental - Políticas y normas | es |
Materia | Gestión ambiental - Planificación | es |
Título | Decreto No. 204-16 que extiende el plazo de vigencia a 5 años para la ejecución de las actividades previstas en el Plan Maestro, constituido para el Proyecto de Manejo de las Cuencas Altas de la Presa de Sabana Yegua. Modifica el párrafo del Art. 3 y el Art. 4, del Decreto No. 663-02, del 22 de agosto de 2002, que creó e integró el Comité Ejecutivo de dicho proyecto | es |
Tipo de material | Text | es |
Tipo de contenido | Policy - Resolution - Decree | es |
Acceso | Open | es |
Audiencia | General | es |
Audiencia | Technicians, professionals and scientists | es |
Ficheros en el ítem
Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(es)
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Colección general [1611]
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Gestión ambiental [2444]